Durante una baja médica no cobras tu nómina, sino una prestación por incapacidad temporal (IT). Su importe depende de la causa de la baja y de cuántos días dure.
«Enfermedad común» incluye también los accidentes fuera del trabajo, y «accidente laboral», también las enfermedades profesionales.
Cuánto se cobra de baja
| Días de baja | Enfermedad común | Accidente laboral |
|---|---|---|
| 1 a 3 | Nada (salvo mejora del convenio) | 75 % |
| 4 a 20 | 60 % | 75 % |
| 21 en adelante | 75 % | 75 % |
Los porcentajes se aplican sobre la base reguladora diaria: la base de cotización del mes anterior a la baja dividida entre 30 (si cobras por meses). En las bajas por accidente de trabajo, el día del accidente lo paga la empresa como día trabajado.
Ejemplo: con una base de 1.800 € (60 € al día) y 30 días de baja por enfermedad común: 17 días al 60 % (612 €) + 10 días al 75 % (450 €) = 1.062 €.
Quién paga la baja
- Enfermedad común: la empresa del día 4 al 15 y la Seguridad Social o la mutua desde el día 16, aunque normalmente la empresa te lo adelanta en la nómina.
- Accidente de trabajo: la mutua desde el día siguiente al accidente.
Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a complementar la prestación hasta el 100 % del salario: revisa el tuyo.
Requisitos y duración
- Por enfermedad común necesitas 180 días cotizados en los últimos 5 años. Por accidente o enfermedad profesional no se exige un mínimo.
- La baja dura como máximo 365 días, prorrogables 180 más si se prevé el alta.
Preguntas frecuentes
¿La baja cotiza y paga IRPF?
Sí. Durante la baja sigues cotizando y la prestación tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, por lo que se aplican las retenciones habituales.
¿Pueden despedirme estando de baja?
Estar de baja no impide el despido, pero desde la Ley 15/2022 un despido por el hecho de estar enfermo se considera discriminatorio y, por tanto, nulo.
Fuentes
- Ley General de la Seguridad Social, arts. 169-176 y Decreto 3158/1966, art. 2 (60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y 75 % desde el día 21)
- Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación (despido por enfermedad)
- Seguridad Social
- Cifras oficiales del año: Metodología y fuentes
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