Calcula el desglose de tu factura: base imponible, IVA que repercutes, retención de IRPF y lo que te pagará el cliente. También funciona al revés: dime cuánto quieres cobrar y te digo qué base poner.
Cómo se calcula una factura con IVA e IRPF
Total a cobrar = base + IVA − retención de IRPF
El IVA y la retención se calculan los dos sobre la base imponible (el precio de tu trabajo sin impuestos). Ejemplo con una base de 1.000 €, IVA del 21 % y retención del 15 %:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 1.000,00 € |
| IVA (21 %) | + 210,00 € |
| Retención IRPF (15 %) | − 150,00 € |
| Total a cobrar | 1.060,00 € |
Al revés: para cobrar 1.060 € netos, la base es 1.060 ÷ (1 + 0,21 − 0,15) = 1.000 €.
Cuándo se aplica la retención de IRPF
- Sí, cuando facturas a empresas u otros autónomos por actividades profesionales (asesores, diseñadores, programadores, abogados, formadores…).
- No, cuando facturas a particulares o en la mayoría de actividades empresariales (comercio, hostelería, construcción en módulos…).
- El 7 % se puede aplicar el año en que empiezas la actividad y los dos siguientes, si no has ejercido la misma actividad en el año anterior.
El IVA cobrado lo ingresas en Hacienda cada trimestre (modelo 303). La retención la ingresa tu cliente y te la descuentas en tu declaración de la renta.
Preguntas frecuentes
¿Qué datos debe llevar una factura?
Número y serie, fecha, tus datos y los del cliente (nombre, NIF y domicilio), descripción del servicio, base imponible, tipo y cuota de IVA, retención si la hay y total.
¿Qué es el recargo de equivalencia?
Un recargo de IVA que se aplica a los comerciantes minoristas en lugar de presentar el IVA trimestral. Si vendes a un minorista acogido, debes sumarlo en la factura.
Fuentes
- Real Decreto 1619/2012 (obligaciones de facturación) y Reglamento del IRPF, art. 101.5 (retención del 15 %, o del 7 % el año de inicio y los dos siguientes)
- Cifras oficiales del año: Metodología y fuentes
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