Calculadora del trimestre de autónomos: modelo 130 (IRPF) y modelo 303 (IVA)

Calcula cuánto pagarás este trimestre en el modelo 130 de IRPF y en el 303 de IVA, con las retenciones, los pagos anteriores y la deducción de hasta 100 €.

ImpuestosGratis · sin registroPor Diego Prieto LunasActualizado el 29 de octubre de 20264 min de lectura

Cada trimestre, los autónomos en estimación directa adelantan a Hacienda el IRPF de su actividad (modelo 130) e ingresan el IVA que han cobrado menos el que han pagado (modelo 303). Introduce tus cifras y te decimos cuánto saldrá cada uno y hasta cuándo puedes presentarlos.

Los ingresos, los gastos y las retenciones del modelo 130 se suman desde el 1 de enero; el IVA del modelo 303, en cambio, es solo el del trimestre. En «pagado en los modelos 130 anteriores» pon la suma de lo que ingresaste en los trimestres anteriores de este año (la casilla 07 de cada uno).

Cómo se calcula el modelo 130

El modelo 130 es un adelanto del IRPF que pagarás en la declaración de la renta. Es acumulativo: cada trimestre se calcula con todo lo del año hasta ese momento y se restan los pagos ya hechos.

  1. Rendimiento neto: ingresos menos gastos deducibles, desde el 1 de enero. La cuota de autónomos también es un gasto deducible.
  2. Se aplica el 20 % a ese rendimiento. Si es negativo, esta parte es cero.
  3. Se restan las retenciones que te han hecho tus clientes (normalmente el 15 %, o el 7 % los primeros años) y lo que ya pagaste en los modelos 130 anteriores del año.
  4. Si el año pasado tu rendimiento neto no pasó de 12.000 €, restas además la minoración del artículo 110.3.c: 100 € si no pasó de 9.000 €, 75 € hasta 10.000 €, 50 € hasta 11.000 € y 25 € hasta 12.000 €. Si empezaste la actividad este año, te corresponden los 100 €.

Ejemplo del primer trimestre: ingresos de 9.000 € y gastos de 2.500 € dan un rendimiento de 6.500 €. El 20 % son 1.300 €; sin retenciones ni pagos anteriores y con un rendimiento el año pasado de menos de 9.000 €, restas 100 €: el modelo 130 sale a 1.200 €.

Cómo se calcula el modelo 303

El modelo 303 es más sencillo: el IVA que has cobrado en tus facturas del trimestre (IVA repercutido) menos el IVA que has pagado en los gastos de la actividad (IVA soportado deducible). En el ejemplo, 1.890 € cobrados (el 21 % de 9.000 €) menos 300 € pagados: 1.590 € a ingresar.

Si el resultado es negativo, no se devuelve en ese momento: se compensa en los trimestres siguientes. En la declaración del cuarto trimestre puedes elegir que te devuelvan lo que quede a tu favor.

Plazos para presentarlos

TrimestrePlazo
1.º (enero a marzo)Del 1 al 20 de abril
2.º (abril a junio)Del 1 al 20 de julio
3.º (julio a septiembre)Del 1 al 20 de octubre
4.º (octubre a diciembre)Del 1 al 30 de enero del año siguiente

Si domicilias el pago, el plazo termina unos días antes (normalmente el día 15, o el 25 de enero en el cuarto trimestre). Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, se pasa al siguiente día hábil.

Quién no tiene que presentar el modelo 130

No estás obligado si el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad profesional tuvieron retención de IRPF, que es lo habitual cuando todos tus clientes son empresas o autónomos. Tampoco lo presentan quienes tributan por módulos (usan el modelo 131) ni los administradores de sociedades, que tributan por sus nóminas.

Cálculo orientativo para estimación directa (normal o simplificada) y régimen general del IVA. No incluye los resultados negativos de trimestres anteriores que quedaran pendientes de compensar en el modelo 130 ni la deducción por la compra de la vivienda habitual anterior a 2013. Comprueba siempre las cifras con el programa de la Agencia Tributaria o con tu gestor.

Preguntas frecuentes

¿Hay que presentar el modelo 130 y el 303 aunque no haya facturado nada?

Sí. Mientras estés dado de alta, tienes que presentar los dos cada trimestre aunque el resultado sea cero o negativo. No presentarlos a tiempo supone una sanción, aunque no haya nada que pagar.

¿El IVA que cobro es un ingreso?

No. El IVA no es tuyo: lo cobras por cuenta de Hacienda y lo ingresas en el modelo 303. Por eso en el modelo 130 los ingresos y los gastos se ponen siempre sin IVA.

¿Qué pasa si el modelo 130 me sale negativo?

Lo presentas con resultado cero y la cantidad negativa se puede restar en los trimestres siguientes del mismo año. Lo que hayas adelantado de más se recupera en la declaración de la renta.

Fuentes

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